Comité Técnico de Gestión Portuaria

Presidente

Celia Tamarit de Castro Puertos del Estado

Objetivo

La ingeniería portuaria tiene dos aspectos diferenciados aunque íntimamente relacionados:
Desarrollo de infraestructuras destinadas a la prestación de servicios,
Gestión portuaria orientada a la prestación, organización y regulación de los servicios.
En España, la prestación de servicios portuarios está encomendada al sector privado. El acceso a la prestación está regulado por la Ley requiriéndose la obtención de una licencia sujeta a lo prescrito en la Ley 48/2003, de 26 de Noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, en los pliegos reguladores que aprueba Puertos del Estado con alcance general y las prescripciones particulares que elabora cada Autoridad Portuaria. Si la actividad requiere la ocupación con carácter exclusivo de superficie de dominio público, es necesario obtener una concesión de dominio público.

Además la mencionada Ley incorpora la concesión de obras públicas portuarias, modalidad de acceso del sector privado no contemplada en anteriores regulaciones.

La vigente Ley, cuyo contenido ha estado sujeto a fuertes críticas por la práctica totalidad de los sectores afectados, está en curso de modificación, a través de la elaboración de una nueva Ley de Puertos.

El Comité de Gestión Portuaria podría instrumentar un comité ad-hoc cuya finalidad sería la discusión de la problemática existente en la gestión de las concesiones de terminales portuarias y en particular las de servicio público, y la propuesta de soluciones que puedan ser recogidas en el nuevo texto legal.

La composición del comité abarca todo el espectro de organismos y empresas relacionadas con la regulación, otorgamiento y control de este tipo de concesiones, incluyendo Autoridades Portuarias, Ente Público Puertos del Estado y Sector Privado.

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